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Italia

dc.contributor.authorDecreto Nº42, Ministerio de Relaciones Exteriores
dc.date.accessioned2018-05-07T16:51:25Z
dc.date.available2018-05-07T16:51:25Z
dc.date.issued2013-08-16
dc.identifier.urihttp://repositorio.cultura.gob.cl/handle/123456789/4056
dc.descriptionLa industria audiovisual (cine, televisión, video y nuevos medios de comunicación de este género) de los respectivos países podrán obtener beneficios de la coproducción de películas que, por su calidad técnica y por el valor artístico o de espectáculos estén en condiciones de contribuir al prestigio y a la expansión económica de las industrias de producción y distribución audiovisual en Chile y en Italia.Todas las coproducciones que se realicen según el Acuerdo serán consideradas como películas nacionales de los dos países. Se beneficiarán de pleno derecho de las ventajas que se obtengan de las disposiciones legales vigentes o de las que en el futuro puedan dictarse en cada país. Estas ventajas las adquiere solamente el productor del país que las ha establecido.es
dc.publisherDiario Oficiales
dc.titleItaliaes
dc.title.alternativeAcuerdo de Coproducción Cinematográfica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italianaes


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